Scroll Top

DOCUMENTOS

40 HORAS

El Congreso despachó a ley el proyecto que reduce la jornada laboral de 45 a 40 horas semanales. En este informe, presentamos los detalles de la iniciativa.
Ley aprobada
  • La Sala de la Cámara de Diputados aprobó el proyecto que reduce la jornada laboral de 45 a 40 horas semanales, en un plazo de cinco años, con lo que la iniciativa queda lista para ser promulgada y convertirse en ley.
Principales aspectos
  • Se reduce el límite máximo de la jornada ordinaria de trabajo de 45 a 40 horas
    semanales, de forma gradual:
    o 44 horas al primer año.
    o 42 horas al tercer año.
    o 40 horas el quinto año.
  • Posibilidad de acordar jornada laborales promediadas: la jornada semanal podrá distribuirse en cada semana calendario o bien sobre la base de promedios semanales en lapsos de hasta 4 semanas, no pudiendo en este caso extenderse en más de 45 horas en cada semana, ni con este límite por más de 2 semanas continuas. Si el trabajador está sindicalizado, se debe llegar a acuerdo colectivo.
  • Posibilidad de pactar jornadas laborales de cuatro días, de 10 horas.
     Artículo 22: se reducirá el rango de aplicación de no sujeción horaria, para evitar su mala utilización. Actualmente, el inciso dos del artículo permite a ciertos empleados trabajar más de 45 horas. Con la ley, esto se restringe solo a cargos de gerencia o personas que no tienen supervisión directa, dejando muy acotado su uso.
  • Las madres y padres trabajadores de menores de hasta 12 años, y las personas que tengan el cuidado personal de éstos, tendrán derecho a una banda de dos horas en total, dentro de la que podrán anticipar o retrasar hasta en una hora el comienzo de sus labores, determinando así también el horario de salida al final de la jornada.
  • Se establece la posibilidad de compensar horas extraordinarias por hasta 5 días
    adicionales de feriado, estableciendo la fórmula de cálculo.
  • Se reconocen por ley los sistemas electrónicos de registro para el control de la
    asistencia.
  • El Ministerio del Trabajo deberá crear el reglamento para regular jornadas
    excepcionales.
  • Apoyo directo de la Dirección del Trabajo y de Sence a las micro, pequeñas y medianas empresas para la implementación de la jornada de 40 horas.
Medidas sectoriales
  • Trabajadores agrícolas permanentes: se modifica la norma que establece la
    posibilidad de crear jornadas anualizadas, la cual podrá estipularse, pero sin exceder de un promedio anual de 6 horas y 40 minutos diarios. Esta norma del artículo 88 del Código del Trabajo contempla la posibilidad de diferenciar jornadas dentro del año en atención a “las características regionales, condiciones climáticas y demás circunstancias propias de la actividad agrícola”. El promedio está tomado considerando una jornada de lunes a sábado.
  • Trabajadores de mar: tienen una jornada de 56 horas semanales, en la que el exceso sobre 45 se debe pagar con el recargo de un 50%. Con la nueva ley, se debe pagar el recargo a partir de las 40 horas. A la vez, se mantiene la continuidad operacional cuando la nave está fondeada en puerto, señalándose que la jornada se calculará proporcionalmente a los días que se encuentre detenida en el puerto.
  • Trabajadores independientes de plataformas digitales: tienen derecho a percibir un honorario que no podrá ser inferior a la proporción del ingreso mínimo mensual determinado por ley, aumentado en un 20%, y para su cálculo se dividirá el valor del ingreso mínimo mensual en 180 horas. Con la ley ese denominador se cambia por 172 horas, que corresponde exactamente a 40 horas semanales promedio en cómputo mensual.
  • Trabajadores del hogar: trabajadores de casa particular puertas afuera se suman a las 40 horas laborales. Trabajadores de casas puertas adentro suman dos nuevos días de descanso al mes (acumulables).
Panorama global
En Latinoamérica
  • Entre 44 y 48 horas: Argentina, Bolivia, Costa Rica, Haití, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú y Uruguay.
  • Entre 41 y 44 horas: Brasil, Cuba, El Salvador, Guatemala, Honduras, República
    Dominicana y Colombia (a 2027).
  • 40 horas: Ecuador y Venezuela.
*Fuente: Ministerio del Trabajo con datos de OIT 2019, en el marco de la tramitación de la ley.
En los países de la OCDE
  • Más de 40 horas: México, Costa Rica y Colombia.
  • 40 horas: Austria, Canadá, República Checa, Estonia, Finlandia, Grecia, Hungría, Italia, Japón, Letonia, Lituania, Nueva Zelandia, Noruega, Polonia, Portugal, República Eslovaca, Eslovenia, España, Suecia y Estados Unidos (depende del Estado).
  • Menos de 40 horas: Dinamarca (37), Francia (35), Suiza (35) y Alemania (35).
*Fuente: OECD (2023), Hours worked (indicator).

ENTRADAS RELACIONADAS

1206045551_imagen_elecciones_CC_2
04 May: ELECCIONES CONSEJO CONSTITUCIONAL

Elección con voto obligatorio, se regirá con el mismo sistema de selección de senadores, 50 escaños repartidos en 16 circunscripciones a nivel país. Será partitario, estará compuesto por 25 hombres y 25 mujeres.

CONTACTO




    Nuestra Oficina
    Nueva Costanera 3300
    Oficina 33 · Vitacura
    Teléfono
    +562 2384 9780
    Contacto
    info@oc2.cl